Patente Municipal se lo establece para personas naturales, jurídicas, sociedades nacionales o extranjeras domiciliadas o con establecimiento en el Distrito Metropolitano de Quito, que ejerzan permanentemente actividades comerciales, industriales, financieras y profesionales.

Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad deberán cancelar la patente municipal hasta el mes de mayo de cada año.

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