Patente Municipal

El impuesto a la Patente Municipal se lo establece para personas naturales, jurídicas, sociedades nacionales o extranjeras domiciliadas o con establecimiento en el Distrito Metropolitano de Quito, que ejerzan permanentemente actividades comerciales, industriales, financieras y profesionales.

Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad deberán cancelar la patente municipal hasta el mes de mayo de cada año.

Municipio de Quito – Intillacta

CONTRALORIA

Declraciones Juramentada Contraloria

OBLIGADOS A DECLARAR: Todas las servidoras y servidores públicos que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, o presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad en las instituciones, organismos, empresas del sector público, y en personas jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos públicos, de acuerdo a lo que establece el artículo 225 de la Constitución de la República del Ecuador.

Declaraciones Semestrales

Hasta el mes de julio, las personas naturales regimen general y rimpe deben realizar la declaración y pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente al período fiscal enero – junio de cada año, de acuerdo al noveno dígito del RUC, como se detalla en el siguiente calendario:

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